“LEY
PARA LA PROTECCIÓN DE LAS MASCOTAS EN CASA”
(Publicada en la página de Internet
del Colegio Giocosa el ___ de diciembre de 2012)
Al margen un sello con el Escudo del
Colegio Giocosa,
Que el H. Congreso de la Unión del
Colegio Giocosa se ha servido dirigir el siguiente
DECRETO:
El Congreso del Colegio Giocosa,
decreta:
“LEY
PARA LA PROTECCIÓN DE LAS MASCOTAS EN CASA”
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
Se debe hacer una Ley para la
Protección de las Mascotas en Casa, porque cuando se les maltrata ellos sufren,
sienten y les duele mucho. Otra razón, es que como al que igual que nosotros
tenemos derechos humanos ellos se merecen tener derechos, porque también son
seres vivos al igual que nosotros y, merecen dignidad y respeto.
No es justo que las maltraten y los
dañen sólo por entretenerse con eso las personas que lo hacen.
Qué razón o pensamiento te hace
superior a ellos, porque los animales también sufren mucho si los maltratas y,
a nosotros no nos gustaría que nos maltrataran.
Tampoco se vale que a las mascotas se
les corte las partes de su cuerpo, sólo para que se vean bonitos.
Tampoco es justo que se hagan peleas y
apuestas de forma ilegal con los animales; y se diviertan viendo como se
maltratan los animales entre sí.
No hay que ir a los circos, pues ahí
se les maltrata a los animales, por lo que no hay que participar en el maltrato
de éstos.
Cada vez que matas a un animal, matas
a un millón, hay que pensar bien si queremos a nuestro mundo, a nuestro
planeta, hay que demostrarlo.
Si hay niños en casa hay que
enseñarlos a querer a los animales, porque de niños a adolescentes, a adultos y
viejos, se van formando generaciones y, ese mundo es el que vamos a formar.
Los que maltratan a los animales se
van acostumbrando, y ya no sienten nada, pues no sienten pena por ellos, no les
importa a qué animal lastiman.
No hay que maltratar a los animales,
al maltratarlos te maltratas a ti mismo.
“LEY PARA LA PROTECCIÓN
DE LAS MASCOTAS EN CASA”
Artículo
1. Para comprar una
mascota es necesario contar con una cédula, por medio de la cual el dueño se
compromete a cuidarla, a darle de comer y a pasearla.
Artículo
2. Si se quiere tener
una mascota hay que acudir al Registro de Mascotas del Distrito Federal, y
firmar un certificado cada mes de que los expertos en mascotas consideran que
ésta está bien cuidada, de no ser así el dueño de la mascota se irá a la cárcel
por un mes y medio; y además realizará trabajo comunitario, el cual consistirá
en pintar todos los muros de la ciudad que estén grafiteados.
Artículo
3. Queda prohibido
dejar a una mascota en el coche con las ventanas cerradas, la sanción para
quien lo haga consistirá en tres años de cárcel y una multa de veinte mil pesos.
Artículo
4. Está prohibido
cazar a animales en peligro de extinción, el que lo haga tendrá que pagar una
multa de sesenta mil pesos.
Artículo
5. La persona que
cace por deporte o para hacer abrigos de pieles, se irá a la cárcel por diez
años y, cuando salga tendrá que cuidar por un mes a los animales abandonados;
además recibirá una plática de por qué no hay que lastimar a los animales.
Artículo
6. La empresa que use
animales para proba productos, como de belleza, será clausurada.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
ÚNICO
La presente ley entrará en vigor al
día siguiente de su publicación en la página de Internet del Colegio Giocosa.
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